SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0757/2013-L
Fecha: 30-Jul-2013
a)
Solicita se conceda la tutela, restableciendo las formalidades legales y disponiendo: a) Que exista compulsa debida de la prueba; b) Que exista análisis congruente y detallado de la prueba que se tiene y de la que el Juez demandado desconoce a la fecha; c) Que en el plazo de veinticuatro horas la autoridad demandada dicte el auto interlocutorio; d) Que el Juez demandado fundamente en forma debida su resolución para evitar una tercera revocatoria del auto interlocutorio; e) Que se reconozca que por este hecho ya existe una acusación real que recae sobre las supuestas víctimas; y, f) Se prohíba el triple procesamiento contra el accionante, al existir a favor de éste una Resolución de sobreseimiento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- Fragmento 6
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Sobre la legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR