SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1065/2013
Fecha: 16-Jul-2013
II.2.
II.2. Mediante decreto de 19 de febrero de 2013, el Juez de la causa, determinó que en mérito a que la imputada cumplió con todas las medidas sustitutivas a la detención preventiva impuestas por el Tribunal de alzada en audiencia de apelación de cesación a la detención preventiva, se expida el correspondiente mandamiento de libertad a favor de Teresita Amador Galeán, disponiendo para el efecto, la notificación al policial asignado al caso, para que se apersone ante el juzgado con su respectiva acreditación a retirar el mandamiento de libertad, lo ejecute y proceda a conducir a la imputada a su domicilio, donde debe cumplir con la medida cautelar de detención domiciliaria sin escolta policial (fs. 55).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Observancia del principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas con el derecho a la libertad
- III.2. La libertad de personas recluidas en centros penitenciarios
- III.3. La detención domiciliaria como medida sustitutiva a la detención preventiva
- a)
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5.1
- III.5.2.
- REVOCAR
- 2º