Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1088/2013
Fecha: 16-Jul-2013
1)
1) Mediante memorial de 22 de marzo de 2013, se apersonó “…el imputado Roberto Peña Cañas con sus abogados defensores Abraham Quiroga Bonilla y Juan Américo Jaimes Flores, este último con quien tengo causal de excusa, por lo que se ha procedido a emitir el correspondiente Auto No 125/2013, de 27 de marzo de 2013” (sic).
- acción de libertad
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reglas de un debido proceso tratándose de excusas en proceso penal
- 'Producida la excusa
- está obligado a excusarse, mediante resolución fundamentada, apartándose de inmediato del conocimiento del proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
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- 3)