SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1161/2013
Fecha: 30-Jul-2013
i)
El juez demandado Javier Chávez Ríos, Juez de Instrucción en lo Penal, Mixto y Liquidador de Guaqui del departamento de La Paz, presentó informe escrito, cursante de fs. 5 a 6, en el que señaló: i) De la revisión del cuaderno de control jurisdiccional, se evidencia que Fabián Mitre Jurado, se encuentra con detención preventiva desde el 13 de marzo de 2012; ii) El 21 de febrero de 2013, día de la audiencia de cesación a la detención preventiva, las partes se encontraban notificadas; sin embargo, la fiscal Mery Gutiérrez Martínez en horas de la mañana presentó memorial haciendo conocer que tenía una audiencia sumaria en la Fiscalía Departamental de La Paz a horas 16:00, pidiendo la suspensión de la audiencia, motivo por el cual, por igualdad procesal a efectos de garantizar el debido proceso, estando justificada la inasistencia de la Fiscal de Materia, se dispuso la suspensión para el 7 de marzo del mismo año; pero a solicitud del abogado del accionante, se fijó para el 28 de febrero de 2013; y, iii) Respecto al estado de salud del accionante, se dieron curso a las salidas médicas, por lo que pidió se deniegue la tutela.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- fue modulada por la SCP 0110/2012
- toda demora en su tramitación puede ser denunciada a través de la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.3. De la complementariedad de los principios de la justicia plural en la tramitación de solicitudes de cesación a la detención preventiva
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1º