Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1170/2013
Fecha: 30-Jul-2013
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante alega lesionado sus derechos de participar del ejercicio del poder político y fiscalizar los actos del Alcalde Municipal, al trabajo, a la función pública y “al principio de legalidad”, citando al efecto los arts. 26.I y II.5, 28, 46 y 114.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional y el recurso de reconsideración en el ámbito municipal.
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR