SENTENCIA CONSTUCIONAL PLURINACIONAL 1114/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTUCIONAL PLURINACIONAL 1114/2013

Fecha: 17-Jul-2013

II.3.

II.3.  La Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Cochabamba, mediante Auto de Vista 17/2011 de 22 de febrero, que resuelve la apelación al fallo realizado, considerando entre otros aspectos, señaló que: “…de lo obrado, se llega a la convicción de que los contendientes al iniciar y sustentar el presente proceso lo único que están haciendo es exponer sus desavenencias dentro del matrimonio, y como se dijo utilizando a los menores dañando de esa manera su imagen, derecho a desarrollarse en un ambiente adecuado y tranquilo por la edad que tienen cada uno de ellos 10 y 5 años respectivamente, y que no se manifieste trastornos psíquicos -emocionales futuros, actitud con la que están infringiendo ambos sujetos procesales intervinientes en el juicio en los arts. 1, 7, 27, 28 del Código Niño, Niña Adolescente, concordante con los arts. 61 I y 64 de la Constitución Política del  Estado” (sic). Confirmando finalmente el fallo apelado (fs. 16 y vta.).