SENTENCIA CONSTUCIONAL PLURINACIONAL 1114/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTUCIONAL PLURINACIONAL 1114/2013

Fecha: 17-Jul-2013

solicito se case el auto de vista

De igual forma, respecto a la casación por la forma, el accionante erradamente solicita: “A mérito de todo lo expuesto, Srs. Ilustres Magistrados del Tribunal Supremo, solicito se case el auto de vista y su auto complementario de conformidad a lo dispuesto en el Art. 271.3) y 4) y Art. 274 del CPC, se anule obrados y se falle en lo principal del litigio (relación procesal) aplicando las leyes conculcadas descritas en este recurso…” (fs. 21).

Tal como se refirió, en el desarrollo del presente fallo, el recurso de casación por el fondo, busca se falle en lo principal del litigio aplicando las leyes conculcadas; más no se puede pretender que a través de dicho recurso, se anule obrados, pues ello corresponde al recurso de casación por el fondo; y tampoco se puede pretender en el último recurso antes señalado, que se “case” y “se falle en lo principal”.