Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 081/2013-RCA-SL
Fecha: 14-Ago-2013
APROBAR
La Comisión de Admisión de la Sala Liquidadora Transitoria del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 20.I y II de la Ley 212 de Transición para el Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Consejo de la Magistratura y Tribunal Constitucional Plurinacional, con los fundamentos expuestos, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 509/11 de 15 de diciembre de 2011, cursante de fs. 148 a 150 vta., pronunciada por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial ahora -Tribunal Departamental de Justicia- de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- 26 de abril del 2011
- rechazó in límine
- Fragmento 5
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- requisitos de admisión
- II.3. Rechazo de la acción de amparo constitucional por falta de nexo causal, entre la exposición de los hechos, los derechos reclamados y el petitorio
- requisitos de contenido los contemplados en el art. 97.III, IV y VI de la LTC
- II.4.
- II.5.
- rechazar
- APROBAR