AUTO CONSTITUCIONAL 081/2013-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 081/2013-RCA-SL

Fecha: 14-Ago-2013

rechazó in límine

Por Resolución 509/11 de 15 de diciembre de 2011, cursante de fs. 148 a 150 vta., la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial ahora-Tribunal Departamental de Justicia- de Chuquisaca rechazó in límine la acción de amparo constitucional, por incumplimiento del art. 97.III, IV y VI de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), fundamentando que: 1) La falta de vinculación del y/o los actos lesivos o derechos fundamentales en relación a  cada uno de los demandados; 2) Falta de precisión, claridad y estricto nexo de causalidad entre los hechos que sirven de fundamento, los derechos y garantías que se consideran presuntamente lesionados, y; 3) No fijó con precisión el amparo que solicitó, dado que los Tribunales de amparo no tienen competencia para disponer la nulidad de resoluciones como el Auto Supremo 159, siendo otra la acción constitucional para demandar su nulidad.