SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0764/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0764/2013-L

Fecha: 01-Ago-2013

1)

Miguel Antonio Portuguez Tirado a través de su abogado, ratificó y amplió los fundamentos de su demanda en los siguientes puntos: 1) El 29 de junio de 2011, la autoridad demandada procedió al despido del ahora accionante, teniendo conocimiento que tenía un hijo menor de un año de edad, y que en ningún momento hubo la intención de proceder con su reincorporación, debido a que el memorándum de restitución nunca le fue puesto a su conocimiento, al contrario, en su cargo se designó a Ricardo Aramayo. Posteriormente se emitió otro memorándum de retiro por inasistencia por mas de tres días, cuando el cese de funciones del accionante data del “13 de junio de 2011”, documentos que no fueron debidamente notificados; 2) De la certificación emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo, la misma no tiene calidad de prueba, por no haber sido obtenida legalmente; y, 3) Solicita se conceda la acción de amparo constitucional y se disponga la restitución a su cargo, con la remuneración de derechos, sueldos, refrigerio, bono de frontera, bono municipal y se consideren los meses no trabajados para la cancelación del aguinaldo de navidad, la restitución del seguro social de lactancia mas daños, perjuicios y costas.