Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0787/2013-L
Fecha: 01-Ago-2013
II.2.
II.2. Auto Supremo 317 de 19 de mayo de 2011, por el cual la Sala Penal Primera de la Corte Suprema -ahora Tribunal Supremo- de Justicia declara inadmisible el recurso interpuesto por Oscar Apolinar Villarreal Terrazas, observando los requisitos prescritos en los arts. 416 y 417 del CPP (fs. 222 a 227).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- Fragmento 5
- “IMPROCEDENCIA DE LA TUTELA SOLICITADA”
- I.3. Consideraciones de sala
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- es un recurso extraordinario y no subsidiario establecido para proteger y en su caso restablecer los derechos consagrados en la Constitución Política del Estado
- III.2. Del recurso de casación: jurisprudencia y normativa aplicable al caso
- III.3. El recurso de casación en el Código de Procedimiento Penal
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR