Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0801/2013-L
Fecha: 08-Ago-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes sostienen la existencia de un camino servidumbral, que la demandada Alicia Mamani Choque detenta cual si fuera suyo, obstruyendo el acceso de los vecinos con postes, alambrado, sembrando alfa y tratando de apropiarse del paso servidumbral, atemorizando al que se oponga. Asimismo, cuestiona que la codemandada Carla Lorena Pinto Bustamante, Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo, no hizo cumplir el art. 85 de la LM.
- acción popular
- I.2. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Consideraciones de sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción popular
- III.2. Disimilitud entre acción popular y amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR