Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0819/2013-L
Fecha: 09-Ago-2013
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 25 de octubre de 2010, ante la Sala Civil de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, se tiene que Juan Silvestre Saucedo Azevedo en representación de Martha Azevedo Vda. de Saucedo, interpuso recurso de casación en la forma y en el fondo alternativamente, dentro del proceso de usucapión que seguía Mirian Crespo de Choma (fs. 23 a 26 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El amparo constitucional ante las medidas de hecho, en relación con el derecho de propiedad
- acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica
- III.3.
- CONFIRMAR