Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0819/2013-L
Fecha: 09-Ago-2013
II.6.
II.6. Se tiene documento privado de promesa de venta de lote de terreno y autorización de posesión de 3 de octubre de 2011, mediante el cual Mirian Crespo de Choma, señaló ser legítima propietaria del predio Santa María ubicado en la Urbanización “Perla del Acre”, inscrito en DD.RR., bajo matrícula 9.01.1.1.0010698, transfiriendo a Mirian Iva Vaca -ahora accionante- el lote ubicado en el Predio 9, manzano 850, distrito 5 con una superficie total de 360 m², con reconocimiento de firmas de la misma fecha (fs. 11 a 13 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El amparo constitucional ante las medidas de hecho, en relación con el derecho de propiedad
- acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica
- III.3.
- CONFIRMAR