SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0833/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0833/2013-L

Fecha: 14-Ago-2013

a)

La Sala Penal Tercerade la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 114/2011 de 8 de noviembre, cursante de fs. 157 a160, disponiendo la “improcedencia” dela tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) El accionante interpuso acción de amparo constitucional, entre otras exigiendo la falta de fundamentación del Auto de Vista 333/10 de 21 de diciembre; sin embargo, de la revisión de la presente demanda, se advirtió que ya en una primera oportunidad interpuso la misma acción, por lo que conforme establece el art.120 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), debe remitirse en consulta al Tribunal constitucional; y, b) Para interponer la presente acción de amparo constitucional, el accionante debió cumplir con el principio de subsidiariedad, es decir, que las partes no agotaron los recursos que les brinda la ley, como tampoco se esperó la respuesta del Tribunal Constitucional a la primera acción de amparo.