Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0862/2013-L
Fecha: 15-Ago-2013
I.2.2. Informe de los demandados
Sebastian Rodríguez Ferreira, Presidente de la Junta Escolar de la indicada comunidad, afirmó que el ahora accionante es un profesional muy bueno, no obstante, utilizó a los menores de edad para denunciar que en la comunidad no existe seguridad, proponiendo modificaciones en “la central”; por lo que, en su calidad de representante del consejo de padres de familia de la referida central, solicitó que se tomen medidas en el asunto.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.2.2. Informe de los demandados
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Del derecho al trabajo
- la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona para desarrollar cualquier actividad física o intelectual tendiente a generar su sustento diario como el de su familia
- el desempeñar libremente una actividad lícita, en condiciones justas y acordes con su dignidad, que se constituye en un medio para conseguir recursos económicos, con los cuales pueda cubrir sus necesidades y las de su familia
- III.3. Del debido proceso y el derecho a la defensa
- consagra la garantía del debido proceso, expresando que «Nadie puede ser condenado a pena alguna sin haber sido oído y juzgado en proceso legal»,
- uno de los elementos de la garantía del debido proceso, es el derecho fundamental a la defensa
- Nadie puede ser condenado a pena alguna sin haber sido oído y juzgado previamente en proceso legal...
- III.4. Análisis
- CONFIRMAR