Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0880/2013-L
Fecha: 16-Ago-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante señala lesionado su derecho a la petición, considerando que la Municipalidad de Oruro -actual Gobierno Autónomo Municipal de Oruro- no dio respuesta formal, objetiva, expresa ni fundamentada a reiteradas solicitudes de reincorporación, fotocopias legalizadas, certificaciones y reiteración de sus peticiones, dirigidas en mérito al contenido de la nota de 18 de enero de 2011, emitida por el Director de RRHH de la institución municipal, quien instruyó la entrega de activos en el día, constituyendo una nota de despido, destitución o alejamiento del cargo, pese a que demostró tener a su cargo a su hermana, misma que contraría con capacidades diferentes.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de
- III.2. Del derecho de petición
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR,