Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0996/2013-L
Fecha: 28-Ago-2013
acción de libertad
En revisión la Resolución 381/2011 de 30 de diciembre, cursante de fs. 33 a 34 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Antonio Zabaleta y Samuel Lima Carvajal en representación sin mandato de Juan Tomás Mendoza Cáceres, Antonio Armando, Víctor Hipólito y Claudia Mamani Guarachi contra Facundo Coronel Choque, Fiscal de Materia, Félix Jaime Rocha Revollo, Director; y, Aquilino Vargas Islas y Ariel Aruquipa Flores, funcionarios policiales todos de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de El Alto.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- Fragmento 5
- a)
- Fragmento 7
- I.3. Consideraciones de sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcance de la acción de libertad
- consecuentemente, no puede considerarse, de ninguna manera, excepto en los casos en los que se haya dado aviso de una investigación, o si no se dio aviso, que exista vinculación con la presunta comisión de un delito que la pretensión de tutela al derecho a la libertad personal sea conocida y resuelta previamente por un Juez cautelar de turno,
- III.3. Análisis del caso concreto
- conceder
- 1° REVOCAR