Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1000/2013-L
Fecha: 28-Ago-2013
2º CONCEDER
2º CONCEDER la tutela solicitada en los mismos términos que se dispuso, únicamente en cuanto al segundo punto de la problemática identificada y presentada por el accionante (Análisis del caso concreto), sin disponer su libertad; referida al hecho de que no se presentó prueba alguna que acredite la presentación de la demanda de acción de amparo constitucional a la que se hizo referencia y que causó la suspensión de la audiencia de consideración de cesación de detención preventiva; y,
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Aplicación del principio de celeridad en el trámite de la cesación de la detención preventiva
- III.3.
- i)
- 2º CONCEDER