Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1011/2013-L
Fecha: 28-Ago-2013
II.3.
II.3. Los accionantes, por memorial presentado el 16 de noviembre de 2011, interpusieron ante el Juez cautelar, recurso de reposición contra la providencia de 8 del mismo mes y año, por la que se determinó correr en traslado la solicitud de extinción de la acción penal (fs. 4 a 5 vta.); recurso, por el que el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, mediante decreto de 17 del mismo mes y año, dejó sin efecto el decreto cuestionado, señalando además, audiencia pública de consideración de extinción de la acción penal, para el 29 de ese mes y año (fs. 6).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- la acción de libertad no es el medio idóneo para analizar los rechazos o negativas a conceder la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso
- ituación que no puede ser considerada a través de este recurso, por no constituirse en la causa directa de la privación de la libertad física del referido recurrente
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR