SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1034/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1034/2013-L

Fecha: 28-Ago-2013

a)

Los Vocales demandados, por informe cursante de fs. 69 a 70 , señalaron: a) Las actuaciones de sus autoridades se enmarcaron de acuerdo a ley, pues como Tribunal de apelación, confirmaron la resolución recurrida, en uso específico de sus prerrogativas y competencia emanadas por ley; b) La medida cautelar dispuesta por la Jueza de la causa, no causa estado, puede ser modificable, en consecuencia, los accionantes, pueden solicitar su modificación, pero no a través del presente acción tutelar; y, c) La resolución que determinó confirmar la detención preventiva dispuesta, analizó todos los riesgos procesales por los cuales se dispuso la medida cautelar excepcional, además de todos agravios expuestos por los apelantes, llegando a la conclusión que la Jueza a quo, actuó correctamente; en consecuencia, la jurisdicción constitucional no puede ser una instancia casacional más, para revisar actuaciones de la jurisdicción ordinaria, en tal sentido debe denegarse la tutela solicitada.