SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1034/2013-L
Fecha: 28-Ago-2013
III.3. Análisis del caso concreto
Los accionantes a través de su representante denunciaron que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, en su contra por la presunta comisión del delito de tentativa de homicidio, en audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares, desarrollada el 21 de octubre de 2011, a pesar de estar vencida la etapa preparatoria, dejó sin efecto la conminatoria emitida al Fiscal de Distrito y amplió las investigaciones por noventa días, disponiendo la detención preventiva de Aleida y Rafael Gómez Peña; por lo que apelada esta resolución la Sala Penal Primera, sin considerar dichas irregularidades, confirmó la Resolución dictada por la Jueza de Instrucción Mixta de Cotoca. Bajo ese contexto los accionantes, pretenden a través de la presente acción tutelar que este Tribunal, disponga la nulidad de la “precluida” audiencia de 21 de octubre de 2011 y conmine al Fiscal de Distrito a emitir su requerimiento conclusivo.
- acción de libertad
- I.1.1.
- Fragmento 3
- 1.1.2.
- I.2.1.
- a)
- “improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sobre las lesiones al debido proceso y la acción de libertad
- En ese sentido, la jurisprudencia constitucional en relación al procesamiento indebido, estableció que: '…la protección que brinda el art. 18 de la Constitución Política en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, quedando por tanto las demás bajo la tutela que brinda
- Fragmento 15
- III.2.1. De la acción de libertad y la conclusión de la etapa preparatoria
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- CONFIRMAR