Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1034/2013-L
Fecha: 28-Ago-2013
I.1.1.
El 14 de abril de 2011, el Ministerio Público, presentó imputación formal contra Romer Saucedo Gómez, por la presunta comisión del delito de tentativa de homicidio y al haber transcurrido seis meses desde la misma, sin que el Fiscal asignado al caso hubiera emitido su resolución conclusiva, el 17 de octubre de ese año, éste solicitó al Juez de la causa la conminatoria al Fiscal de Distrito, para que esta autoridad a su vez ordene al Fiscal de Materia, se pronuncie conforme el art. 323 del código de Procedimiento Penal (CPP).
- acción de libertad
- I.1.1.
- Fragmento 3
- 1.1.2.
- I.2.1.
- a)
- “improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sobre las lesiones al debido proceso y la acción de libertad
- En ese sentido, la jurisprudencia constitucional en relación al procesamiento indebido, estableció que: '…la protección que brinda el art. 18 de la Constitución Política en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, quedando por tanto las demás bajo la tutela que brinda
- Fragmento 15
- III.2.1. De la acción de libertad y la conclusión de la etapa preparatoria
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- CONFIRMAR