SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1041/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1041/2013-L

Fecha: 28-Ago-2013

i)

Severo Cándido Blanco Choque, Fiscal de Materia, mediante informe escrito cursante de fs. 66 a 67, señaló: i) Evidentemente desempeñó funciones en la Dirección de Prevención de Robo de Vehículos (DIPROVE), donde presentó requerimiento conclusivo contra Fernando Moisés Cardozo y Juan Alfonso Urrelo Vargas; sin embargo, a partir del 17 de agosto de 2011, fue desplazado a la Unidad Especializada en Persecución de Delitos de Corrupción de la Fiscalía Departamental de Santa Cruz; ii) El caso penal 0951, seguido contra Fernando Moisés Cardozo, Juan Alfonso Urrelo Vargas y José Luís Chuquimia Jarandilla, por la presunta comisión del delito de robo agravado, se encuentra en dependencias de la fiscalía de DIPROVE, por lo que no es posible la remisión de las investigaciones; iii) Su persona, presentó requerimiento conclusivo de suspensión condicional del proceso y acusación formal, pero es responsabilidad de los fiscales que se encuentran en dicha repartición, asistir a las audiencias señaladas a efectos de que se resuelva aquel requerimiento fiscal; y, iv) Todas las actuaciones realizadas por su persona se enmarcan dentro del principio de objetividad.