Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1041/2013-L
Fecha: 28-Ago-2013
II.1.
II.1. Freddy Durán Montero y Severo Cándido Blanco Choque, Fiscales de Materia, mediante requerimiento presentado el 13 de diciembre de 2010, ante el Juzgado Quinto de Instrucción en lo Penal (caso 0951/10), imputaron formalmente a Juan Alfonso Urrelo Vargas, José Luis Churquina Jarandilla y Fernando Moisés Cardozo, por la presunta comisión del delito de robo agravado; solicitando además se aplique la medida excepcional de detención preventiva (fs. 6 a 12); motivo por el cual, Rosario Flores Paniagua, Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal, señaló audiencia de medida cautelar para el 14 de diciembre del mismo año (fs. 13).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- se procura agilitar los tramites sean judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebida y que de por medio este comprometido la libertad de la persona
- se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad.
- para el caso en los cuales las autoridades jurisdiccionales reciban una petición de la persona detenida o privada de libertad, tienen la obligación de tramitarla con celeridad, sin necesidad de esperar al último día del cumplimiento de los plazos legalmente previstos; y, para el supuesto en los cuales no se tenga un plazo previsto, la absolución de la petición debe realizarse dentro de un plazo razonable. Actuar de manera distinta a la descrita, provoca dilaciones indebidas y dilatorias sobre la definición jurídica de las personas privadas de libertad y corresponde activar el hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, lo que busca es reparar las dilaciones indebidas vinculadas con la libertad, que evitan resolver de manera inmediata la situación procesal de las personas que se encuentran privadas de libertad.
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- 1ºCONFIRMAR