SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1053/2013-L
Fecha: 29-Ago-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de sus representantes denuncia la vulneración de los derechos de su representado, a la libertad, al debido proceso, a la defensa y al principio de “seguridad jurídica”, señalando que dentro del proceso penal seguido contra éste, luego de que prestó su declaración, los demandados, que se encontraban recusados, emitieron una Resolución de aprehensión sin la debida fundamentación y sin que concurra motivo para ello, permitiendo que se suscriba y ejecute la misma, por un ex Fiscal de Materia, que ya no cumplía con esa función, a quien además dejaron participar del allanamiento de su oficina jurídica, aspectos que configuran una persecución indebida. En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1.
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo
- III.2. Competencia del juez cautelar como contralor de la investigación
- la impugnación de los actos lesivos a los derechos fundamentales y garantías constitucionales, en especial del derecho a la libertad, previo a la interposición de la acción de libertad, debe denunciarse ante el juez de instrucción, como medio idóneo, eficaz e inmediato para su protección
- III.3. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- corresponde al juez ejercer el control jurisdiccional de la investigación y, por lo mismo, que ésta se desarrolle de manera correcta e imparcial y no en forma violatoria de derechos fundamentales o garantías constitucionales
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR