SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1065/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1065/2013-L

Fecha: 29-Ago-2013

II.4.

II.4. Mediante proveído de 12 de abril de 2011, Ramiro José Guerrero Peñaranda, Ministro de la Sala Penal Segunda de la “Excma. Corte Suprema de Justicia” dispuso: “De conformidad a lo dispuesto en la Sentencia Constitucional Nº 1716 de 25 de octubre de 2010, en atención a que los Ministros de las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia no tienen ya atribución para conocer  y resolver las solicitudes de extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso, pasen a Despacho obrados para resolución del recurso de casación interpuesto”, notificándose a las partes con tal decisión el 13 del citado mes y año, en tablero del citado Tribunal (fs. 563 a 564).