Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1085/2013-L
Fecha: 30-Ago-2013
II.5.
II.5. Auto Supremo 182 de 29 de junio de 2011, emitido por la Sala Penal Segunda disponiendo casar el Auto de Vista de 24 de enero de 2006, y coincidiendo con el Juez de primera instancia declaró a los procesados autores de los delitos de falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, “condenando a cada uno a la pena de tres años y cinco meses a cumplirse en la Cárcel de la ciudad de Oruro” (sic) (fs. 63 a 65).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 6
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La extinción de la acción penal por duración máxima del proceso
- III.3. Facultad de disponer la extinción de la acción penal
- III.4. Análisis del caso concreto
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