SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1092/2013-L
Fecha: 30-Ago-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denunció como lesionados sus derechos al trabajo, a la dignidad, a la propiedad y a la “libertad de empresa” y garantía de respeto a la iniciativa privada; toda vez que, siendo propietaria mayoritaria del edificio “PANAM” tendría discrepancias con los copropietarios -hoy demandados- por la ejecución de algunos trabajos en dicho inmueble, los mismos que en lugar de acudir a la vía civil efectuaron vías o medidas de hecho impidiéndole el ingreso al mismo y ejercicio pacífico de su derecho propietario, imposibilitándole concluir trabajos programados que le permita alquilar ambientes de su propiedad para poder cubrir las deudas que contrajo a propósito de la construcción del edificio; asimismo, los demandados con el fin de presionar por las diferencias con su persona otorgarían a los contratistas e inquilinos un trato denigrante con insultos, amenazas, hostigamiento grupal, impidiéndoles igualmente su ingreso ya que inclusive cambiaron las chapas de acceso al edificio y colocaron cadenas en las puertas de ingreso de los garajes, situación que demostraría una escalada de acciones, que le impide trabajar, habitar el lugar, realizar actividades comerciales y regularizar los planos de construcción ante el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, actividades que permitirían el pago de deudas que contrajo y que ahora se impide por las medidas que asumieron los demandados. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- Fragmento 8
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2.Las vías de hecho. Finalidad de la tutela constitucional, definición y presupuestos de activación
- (…) La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- (…) Modulación de línea jurisprudencial
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR