Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Sentencia Constitucional Plurinacional 1094/2013-L
Fecha: 30-Ago-2013
al derecho al acceso a la justicia,
Sin embargo y en caso de pretenderse otorgar la tutela solicitadaen la problemática planteada, esta debía ser en cuanto al derecho al acceso a la justicia, el que se constituye en un presupuesto general para la garantía del debido proceso que tiene como contenido mínimo: a) El acceso propiamente a la justicia para que pueda ser oída; b) Obtener un pronunciamiento judicial oportuno que solucione el conflicto o tutele sus intereses o derechos; y c) El cumplimiento y ejecución de lo resuelto en juicio. En tal sentido, el hecho de conceder la tutela por un derecho que la propia jurisprudencia reserva solo al acusado, resulta inaceptable y contrario a la línea jurisprudencial vigente.
- Partes:
- I.1. Sobre la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- I.2. Sobre el incidente de nulidad por actividad procesal defectuosa
- '…con relación al derecho a la defensa, en la problemática planteada, no puede considerarse como lesionado, puesto que no es un derecho que concierna al querellante o víctima,
- II. ANTECEDENTES
- II.1.
- II.2.
- III. IDENTIFICACIÓN DE LA PARTES PERTIENENTES DEL ANALISIS DEL CASO CONCRETO DE LA SCP 0684/2013-L, QUE RESULTAN CONTRARIAS A LA JURISPRUDENCIA
- derecho a la defensa
- en un proceso penal, el derecho a la defensa solo pueda ser tutelado al imputado
- al derecho al acceso a la justicia,
- IV. CONCLUSIÓN DEL CASO EN ANÁLISIS