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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1115/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1115/2013-L

    Fecha: 30-Ago-2013

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • concedió
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.2.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • para los funcionarios electos o designados
    • los funcionarios designados y los de libre nombramiento pertenecen al ámbito de los funcionarios provisorios, por cuanto su ingreso a una entidad pública no es resultado de aquellos procesos de reclutamiento y selección de personal, sino que obedece a una invitación personal del máximo ejecutivo para ocupar determinadas funciones de confianza o asesoramiento en la institución
    • III.3.  A los servidores de nivel jerárquico, que cumplen labores de confianza y asesoramiento técnico especializado, para los servidores electos o designados, no les asiste el derecho de inamovilidad laboral
    • Las servidoras y los servidores públicos forman parte de la carrera administrativa, excepto aquellas personas que desempeñen cargos electivos, las designadas y los designados, y quienes ejerzan funciones de libre nombramiento”
    • con el único requisito previo de recurrir a las Jefaturas Departamentales de Trabajo
    • en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas.
    • III.5.  Análisis del caso concreto
    • 1)
    • i)
    • REVOCAR

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