Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1144/2013-L
Fecha: 30-Ago-2013
I.2.3. Intervención de la tercera interesada
Vilma Flores Villalba, en su calidad de tercera interesada por intermedio de su abogada, en audiencia manifestó que el accionante pudo presentar excepción de impersonería, Yamela Callejas Fajardo es su esposa en consecuencia el accionante aceptó tácitamente todo el trámite. Por lo que solicita que se deniegue la presente acción tutelar.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de cumplimiento y su naturaleza jurídica
- procede contra actos ilegales u omisiones ilegales o indebidas
- cual es garantizar la materialización de un deber omitido; que tiene que estar de manera expresa y en forma específica previsto en la norma constitucional o legal.
- III.3. Sobre las causales de improcedencia para dilucidar la acción de cumplimiento
- Cuando se alegue lesión a derechos y garantías que puedan ser tutelados a través de las acciones de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Causales de improcedencia de la acción de cumplimiento
- la acción de cumplimiento es improcedente en
- III.4.2. Actuación del Juez de garantías
- 24 de noviembre de 2011,
- Efectuándose la audiencia de la presente acción tutelar el 23 de marzo de 2012,
- 2º