SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1193/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1193/2013

Fecha: 01-Ago-2013

1)

Alex Sánchez Iraisos, en representación del Ministerio Público, en audiencia señaló: 1) El art. 77 de la CPE, indica que la educación, como una función suprema del Estado que otorga protección a la menor y no se puede restringir ese derecho por ningún motivo; 2) No se puede paralizar los estudios de la citada, de modo que la libreta escolar debe ser entregada inmediatamente; 3) Los padres tienen derechos y obligaciones y deben responder por sus hijos cumpliendo sus obligaciones como estudio, alimentación, vestimenta, salud; y, si hay conflicto entre el padre y la institución, éstos últimos tienen derechos a exigir que se cumpla el servicio que fue prestado en la vía legal -cumplimiento del contrato celebrado-; y, 4) En protección de la menor se conceda la tutela, otorgándose la libreta para que sea beneficiada la menor.