SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1201/2013
Fecha: 01-Ago-2013
II.6.
II.6. Mediante Resolución 09/2011, las autoridades demandadas, rechazaron promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad interpuesto por la Entidad Municipal, argumentando que: a) En el recurso planteado porel incidentista, no observó la previsión del art. 60.II de la LTC, ya que como garantía jurisdiccional no procede de acuerdo a los fundamentos del mismo, tampoco se ajustan a los requisitos contenidos en el art. 60 de la mencionada Ley; b) Conforme el art. 59 de la LTC, el presente recurso tiene por objeto cuestionar la inconstitucionalidad de una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial, por lo que resulta inviable, en razón de haberse dictado Sentencia dentro de la demanda contenciosa administrativa interpuesta por Leonor Chávez Díaz contra la Alcaldía Municipal de La Paz (fs. 10 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- , cabe señalar que la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo, pudiendo ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiéndose expresar las convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- la fundamentación y motivación de una resolución que resuelva cualquier conflicto jurídico, no necesariamente implica que la exposición deba ser exagerada y abundante de consideraciones, citas legales y argumentos reiterativos, al contrario una debida motivación conlleva que la resolución sea concisa, clara e integre en todos los puntos demandados, donde la autoridad jurisdiccional o en su caso administrativa, exponga de forma clara las razones determinativas que justifican su decisión, exponiendo los hechos, realizando la fundamentación legal y citando las normas que sustentan la parte dispositiva de la resolución
- III.3. Sobre el debido proceso
- III.4. Respecto al derecho a la defensa
- CONFIRMAR