SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1202/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1202/2013

Fecha: 01-Ago-2013

i)

Silvana Rojas Panoso, Magistrada de la Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de justicia, presentó informe cursante de fs. 87 a 89, por el cual manifestó que: i) Los accionantes no agotaron los medios legales para hacer valer sus derechos como la complementación y enmienda, pues no les dieron la oportunidad de corregir o pronunciarse sobre los aspectos denunciados que resultan cuestiones de forma; ii) Los accionantes denuncian una serie de derechos que se les hubiera lesionado, sin precisar ni indicar como y cuando se lesionaron sus derechos, más al contrario en ningún momento se limitó u obstaculizó su participación activa dentro del proceso; y, iii) Para efectivizar la flexibilización de la admisibilidad en un recurso de casación por defectos absolutos los recurrentes tienen el deber de detallar con precisión la restricción de los derechos acusados de vulnerados o lesionados, condición que no cumplieron los accionantes.