Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1243/2013
Fecha: 01-Ago-2013
Fragmento 23
Las documentaciones remitidas con el oficio descrito en el anterior párrafo, conforme a lo establecido en las Conclusiones II.4, II.5 y II.6 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, manifestaron que, la transferencia de la Granja Experimental “El Pajonal”, no es viable, debido a que el predio se encuentra en proceso de saneamiento agrario a cargo del INRA y debido a que el mismo viene cumpliendo una función económica y social, al estar ocupado y bajo la administración del SEDAG-Sección O'Connor.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- “Artículo 1.-
- Artículo 2.-
- Artículo 3.-
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- la acción de cumplimiento, tiene como objeto garantizar la materialización de la Constitución y la ley, protegiendo de esa manera el principio de legalidad y supremacía constitucional, la seguridad jurídica, y a su vez, de manera indirecta, derechos fundamentales y garantías constitucionales
- a) El caso de incumplimiento de disposiciones constitucionales
- las causales de exclusión para la activación de la acción de cumplimiento
- ya que al existir un proceso judicial o un procedimiento administrativo, en el cual existen partes procesales con un interés concreto y cuya decisión surtirá efectos jurídicos solamente en relación a ellas
- III.1.2. Improcedencia de la acción de cumplimiento
- III.2. Sobre el cumplimiento obligatorio de la ley
- III.3. Análisis del caso concreto
- manifestando
- Fragmento 23
- objeto garantizar la ejecución de la norma omitida,
- CONFIRMAR