SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1243/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1243/2013

Fecha: 01-Ago-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Refiere, que el 8 de mayo de 2008, el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia promulgó la Ley 3846 del mismo mes y año, por la cual autoriza a la Prefectura del Departamento de Tarija -ahora Gobierno Autónomo Departamental de Tarija- la transferencia a título gratuito de todo el área de la granja experimental “El Pajonal” al Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos de la provincia O'Connor del mismo departamento.

Manifiesta que, a fin de ejecutar el cumplimiento de la mencionada ley, el accionante como Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos, solicitó a la Gobernación del Departamento de Tarija la transferencia del predio denominado granja experimental “El Pajonal” mediante solicitudes de 26 de febrero y 12 de marzo de 2009; 10 de febrero y 9 de septiembre de 2011; 20 de junio, 5 de julio, 16 de agosto, 27 de septiembre y 16 de noviembre de 2012; solicitudes, que fueron respondidas recién el 31 de diciembre de 2012, por nota de 20 de diciembre de 2012, mediante la cual la Gobernación del Departamento de Tarija, expresó su negativa a la transferencia, rehusando dar cumplimiento a la Ley 3846, “bajo el argumento que en referido predio el SEDAG realiza actividades propias de la Institución”.

Sostiene que, por el incumplimiento de la Ley 3846, por parte del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, el Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos, se ve imposibilitado de realizar obras en el predio a favor de la colectividad de dicho Municipio, como proyectos de construcción de obras que se encuentran ya con estudios técnicos económicos y sociales, que fueron aprobados como obras concurrentes ente el Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos y la Gobernación del Departamento de Tarija.