SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1251/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1251/2012

Fecha: 01-Ago-2013

ii) Con relación a los funcionarios subalternos demandados

Habiendo la accionante interpuesto la presente acción contra el Auxiliar y Auxiliar de Apoyo del Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal, por considerar que los mismos, contribuyeron a la dilación en la presente causa al no haberles facilitado el cuaderno de antecedentes, y no remitir el mismo oportunamente ante la Central de Notificaciones; constituyen personal subalterno no ejerce jurisdicción, por lo tanto es aplicable lo establecido en el Fundamento Jurídico III.6 de este fallo, ya que conforme se ha referido en fundamento, estos funcionarios no tienen facultades jurisdiccionales sino que están obligados a cumplir las órdenes o instrucciones del Juez, emergentes de sus decisiones, por lo que no tienen legitimación pasiva para ser demandados por cuanto no son los que asumen determinaciones de orden jurisdiccional, dentro de los procesos.