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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1279/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1279/2013

    Fecha: 02-Ago-2013

    4.

    4.   Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2. De la acción de libertad
    • III.3.
    • 1.
    • 2.
    • 4.
    • 5.
    • III.4. El recurso de apelación incidental contra decisiones que resuelvan medidas cautelares
    • si se evidencia la existencia de procedimientos -aptos- para la efectiva tutela del derecho que se dice vulnerado, bastara para que el Juez o Tribunal de garantías y en su caso, el Tribunal Constitucional Plurinacional deniegue la acción de libertad
    • Fragmento 18
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en todo

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