Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1291/2013
Fecha: 02-Ago-2013
II.4.
II.4. A través de memorial de 27 de marzo de 2013, Jean Carlos Da Silva pidió al Juez Quinto de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, se fije día y hora de audiencia de cesación a la detención preventiva; por providencia de 28 del mismo mes y año, se programó audiencia para el 5 de abril del referido año; posteriormente, instalada la misma fue suspendida por no haberse cumplido con las formalidades de ley y la inasistencia de todos los sujetos procesales (fs. 17 y 18).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- hábeas corpus restringido
- se busca acelerar los trámites judiciales
- Fragmento 19
- III.2.1. La actuación de la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal de La Paz
- III.2.2. Con relación al Secretario abogado demandado