SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1298/2013
Fecha: 07-Ago-2013
concedió
La Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 140/2013 de 18 de abril, cursante de fs. 513 a 516, por la que concedió la tutela impetrada, dejando sin efecto el “Auto de Vista N° SCII 256/2012” (sic), así como la providencia de 2 de agosto de 2012, disponiendo que el Juez demandado emita una nueva resolución que responda a los datos del proceso y conforme a los lineamientos de dicha resolución, sin costas ni responsabilidad; con los siguientes fundamentos: 1) En la providencia de 2 de agosto de 2012, el Juez demandado introduce un aspecto que no formó parte de las peticiones formuladas por Willy Caba Zarate en su memorial, relativo a la suspensión del mandamiento de desapoderamiento, lo que implica que se trata de una actuación de oficio que; sin embargo, carece de fundamento; y, 2) El Auto de Vista 265/2012 en el que afirma que la providencia impugnada, por su naturaleza, no constituye un decreto de simple sustanciación, así su formato sea el de un decreto, de ahí que el Juez tenía la obligación de fundamentar aspecto que no fue apreciado por el Tribunal de alzada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la interpretación del art. 518 del Código de Procedimiento Civil y el derecho a la impugnación de las Resoluciones judiciales en ejecución de sentencia
- que podrán ser impugnados los decretos y providencias que resuelvan en forma positiva o negativa alguna petición de los sujetos procesales,
- conceder la apelación en el efecto devolutivo
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2º CONCEDER