SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1332/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1332/2013

Fecha: 15-Ago-2013

a)

La accionante, ratificó los fundamentos de su memorial de demanda, y ampliándola señaló lo siguiente: a) La orden de aprehensión emitida por la autoridad fiscal se basó en un informe del efectivo policial asignado al caso, en el que alegó haberse apersonado ante un supuesto domicilio que no era el suyo y que más bien fue señalado por la víctima, en este entendido se aludió la existencia de peligro de fuga y obstaculización; b) La Jueza Primera de Instrucción en lo Penal, admitió el incidente de actividad procesal defectuosa, que fue declarado improcedente argumentando que si bien la pena no excedía de los dos años, existiría peligro de fuga y obstaculización; y, c) La apelación interpuesta contra el fallo de la Juez referida, en su otrosí primero, expresó que la apelación es contra el rechazo a la actividad procesal defectuosa y no así contra la medida cautelar, por lo que se tenía tres días para plantear dicha apelación conforme el art. 130 del CPP.