SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1355/2013
Fecha: 15-Ago-2013
a)
El accionante, por intermedio de sus abogados, ratificó el contenido de la acción agregando además que: a) A lo largo del proceso penal se cometieron una serie de irregularidades en cuanto al Código de Procedimiento Penal; ya que, se impuso una detención preventiva sin que previamente se haya llevado a cabo la respectiva audiencia de medidas cautelares; b) Si bien es cierto que hay un mandamiento de detención; sin embargo, no existe la respectiva resolución por la que se dispuso la aplicación de esa medida, para que a partir de la misma se pueda revisar cuáles fueron los hechos y los motivos que dieron lugar a que se tome dicha determinación; c) En la presente acción no se está solicitando la reposición del acto procesal omitido, sino más bien, la nulidad de todo el proceso, por las irregularidades mencionadas y por la lesión de derechos fundamentales; pues, en caso de disponerse la reposición, se dejaría sin valor alguno los once meses de detención que lleva el imputado; d) A pesar de haberse solicitado la respectiva cesación a la detención preventiva el 20 de septiembre de 2012, el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal no se pronunció hasta la fecha de presentación de esta acción; y tampoco lo hizo el representante del Ministerio Público respecto a la solicitud de emisión de requerimientos; e) En lo que concierne al principio de subsidiariedad, se debe aclarar que en este caso no existe otro medio al cual acudir para reparar los actos ilegales; ya que, al no haber un cuaderno procesal ni los antecedentes en el juzgado de origen; no se puede acudir a otra vía que no sea la acción de libertad; y, f) Es lamentable que el Juzgado cautelar encargado del proceso no haya remitido los actuados pertinentes, y que haya sido el Fiscal quien presente una Resolución de 12 de febrero de 2012; la misma que no está debidamente legalizada y además, adolece de varias falencias en cuanto a su fundamentación.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de celeridad en la tramitación de la solicitud de cesación a la detención preventiva
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho con relación al principio de celeridad
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1º CONFIRMAR en parte