Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1355/2013
Fecha: 15-Ago-2013
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Carlos Martin Camacho Chávez, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, presentó informe escrito, cursante a fs. 12 y vta., por el cual manifestó que, su persona asumió el cargo de Juez en el referido Juzgado recién el 16 de octubre de 2012, encontrándose actualmente sin funcionarios de apoyo y con excesiva carga procesal; por lo que, al haber sido notificado con la acción apenas dos horas antes de la audiencia, le es imposible remitir los actuados pertinentes; sin embargo, aclara que, como manifiesta el accionante, existe un mandamiento de detención preventiva, y consecuentemente la respectiva resolución; más no así, actos procesales posteriores.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de celeridad en la tramitación de la solicitud de cesación a la detención preventiva
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho con relación al principio de celeridad
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1º CONFIRMAR en parte