Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1368/2013
Fecha: 16-Ago-2013
II.8.
II.8. El 5 de marzo de 2013, Nieves Saavedra García, solicitó al Director de la Unidad Educativa de Sacaba, de solución a la situación relacionada con su puesto de trabajo en razón a su delicado estado de salud por su embarazo (fs. 30), recibiendo por respuesta la carta de 7 de marzo de 2013 en la cual Humberto Ortíz Pozo le expresó que carece de competencia para designar o destituir personal (fs. 31 a 32).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- i)
- concedió
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional.
- III.2. Sobre la inamovilidad de los progenitores de niños menores de un año y su reincorporación laboral
- III.2.1. Jurisprudencia aplicable al caso concreto
- Fragmento 12
- III.3.1. Jurisprudencia
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Respecto a los demandados Jorge Mario Ponce Coca, José Félix Guike Ramírez Trujillo
- III.4.2. Respecto a los demandados Humberto Ortíz Pozo, Felipe Jesús Marca Pita y Jacky Calle Herrera
- 2º CONCEDER