SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1368/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1368/2013

Fecha: 16-Ago-2013

III.4. Análisis del caso concreto

                   La accionante alega la vulneración de sus derechos a la no discriminación, a la vida, a la salud la inamovilidad funcionaria y estabilidad laboral, por cuanto el 2011, fue ganadora de un proceso de selección para el cargo de docente titular de la Unidad Educativa Boliviano Japonés, Distrito Educativo de Sacaba, no obstante de aquello su cargo fue convocado públicamente en la gestión 2013, razón por la cual hizo llegar los reclamos correspondientes para impedir que se lleve adelante dicho proceso de selección sin éxito alguno, derivando en que el 4 de febrero de la misma gestión se le impida desarrollar sus labores bajo el argumento que su persona ya no era docente de la nombrada Unidad Educativa, no obstante de haberse emitido instructivas en su favor en las que autoridades educativas reconocen su derecho a la inamovilidad funcionaria por su estado de gravidez, sin que la buscada reincorporación fuera cumplida, cuando la misma si pudo ser efectivizada.  

Hecha la valoración de antecedentes y considerando que el art. 128 de la CPE, dispone que la acción de amparo constitucional ha sido instituida como una acción tutelar de defensa contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la misma Constitución Política del Estado y la ley, se concluye lo siguiente: