SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1368/2013
Fecha: 16-Ago-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega la vulneración de sus derechos a la no discriminación, a la vida, a la salud, la inamovilidad funcionaria y estabilidad laboral, por cuanto el 2011, fue ganadora de un proceso de selección para el cargo de docente titular de la Unidad Educativa Boliviano - Japonés, Distrito Educativo de Sacaba; no obstante de aquello, su cargo fue convocado públicamente en la gestión 2013, razón por la cual hizo llegar los reclamos correspondientes para impedir que se lleve adelante dicho proceso de selección sin éxito alguno, derivando en que el 4 de febrero del indicado año, se le impida desarrollar sus labores bajo el argumento que su persona ya no era docente de la nombrada unidad educativa, no obstante de haberse emitido instructivas en su favor en las que autoridades educativas reconocen su derecho a la inamovilidad funcionaria por su estado de gravidez, sin que la buscada reincorporación fuera cumplida, cuando la misma si pudo ser efectivizada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- i)
- concedió
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional.
- III.2. Sobre la inamovilidad de los progenitores de niños menores de un año y su reincorporación laboral
- III.2.1. Jurisprudencia aplicable al caso concreto
- Fragmento 12
- III.3.1. Jurisprudencia
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Respecto a los demandados Jorge Mario Ponce Coca, José Félix Guike Ramírez Trujillo
- III.4.2. Respecto a los demandados Humberto Ortíz Pozo, Felipe Jesús Marca Pita y Jacky Calle Herrera
- 2º CONCEDER