Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1373/2013
Fecha: 16-Ago-2013
II.2.
II.2. El 1 de febrero de 2013, el Ministerio Público, presentó imputación formal contra Tomás López Villarroel y otra, requiriendo aplicación de la detención preventiva de los imputados, habiendo el juzgador, mediante decreto de 15 de igual mes y año, señalado audiencia de aplicación de medidas cautelares para el 27 del indicado mes y año, decreto con el que fuera notificado el accionante, el 25 de febrero de 2013, mediante cédula fijada en su domicilio particular en presencia de testigo de actuación(fs. 12 a 15 vta.).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- preventivo:
- subsidiariedad
- es imperioso que las controversias que podrían conllevar a suscitar una acción constitucional, previamente sean resueltas y respondidas en las instancias establecidas en nuestro ordenamiento jurídico
- III.3. De la declaratoria de rebeldía por inasistencia a citaciones formales
- 1)
- III.4. El mandamiento de aprehensión emitido como efecto de la declaratoria de rebeldía
- III.5. Análisis del caso concreto
- 1) Respecto a la aprehensión del accionante por disposición de orden de aprehensión dictada en su contra, dentro de un proceso penal que se le sigue sin que haya tomado conocimiento del mismo
- 2) Con referencia a que la ejecución del mandamiento de aprehensión la realizó un efectivo policial, cuando la orden emanada del juzgador se encontraba dirigida, para su cumplimiento, al Director de la Carceleta Pública de Montero
- CONFIRMAR