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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1390/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1390/2013

    Fecha: 16-Ago-2013

    acción de amparo constitucional

    En revisión la Resolución de 30 de abril de 2013, cursante de fs. 38 a 40 vta.,  pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Matilde Soto Fuentes contra Jimy Rudy Siles Melgar y Eddy Mejía Montaño, Presidente y Vocal de la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1.  Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2. De la acción de amparo constitucional
    • III.3. La legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
    • “...no sólo en contra de la autoridad que ejecutó el acto ilegal, sino también de aquella que revisó esa actuación y no la corrigió…”
    • debe ser interpuesto contra ambas autoridades al tener legitimación pasiva, la primera por ejecutar el acto ilegal y la segunda por no corregirlo,
    • III.4. El efecto sobre el incumplimiento de la legitimación pasiva en acción de amparo constitucional
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en todo

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