Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1407/2013
Fecha: 16-Ago-2013
II.2.
II.2. La Jefatura Regional de Trabajo de El Alto, a denuncia de la accionante, emitió la conminatoria de reincorporación de 3 de octubre de 2012, por la que en aplicación del art. 10 del DS 28699, modificado por el DS 0495, conminó a la reincorporación inmediata de Julia Canaviri Condori a su fuente laboral en el Hospital “Corazón de Jesús”, al mismo puesto que ocupaba al momento del despido injustificado, más el pago de los salarios devengados y demás derechos sociales, el cual fue notificado al referido empleador, el 4 de dicho mes y año (fs. 46 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- III.2.El derecho al trabajo en el nuevo orden constitucional
- Fragmento 15
- III.3. La reincorporación del trabajador en el marco de los DDSS 28699 y 0495
- es obligatoria
- provisional
- CONFIRMAR